EL DIRIGENTE DEL TIANGUIS DE LOS JUEVES LORENZO SÁNCHEZ, NOTIFICO DE MANERA VERBAL LA NUEVA DISPOSICIÓN SEÑALANDO QUE LOS COMERCIANTES SIGUEN CONTANDO CON SUS ESPACIO SOLO QUE NO PODRÁN VENDER NI PECES, NI AVES, NI PERROS O CUALQUIER ESPECIE ANIMAL POR DISPOSICIÓN DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES
Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Gto.- Vendedores de animales en el tianguis de los jueves fueron notificados de que a partir de la siguiente semana ya no podrán vender ningún tipo de animal, ni silvestre, ni domestico así lo comento Lorenzo Sánchez líder de los tianguistas, quien señaló que también fueron visitados por un inspector de protección al ambiente estatal quien verifico que efectivamente se estaba realizando comercio de animales dentro del tianguis.
La disposición mencionó es de la presidencia municipal por lo que el se limita a dar conocimiento a los comerciantes que ofertan este tipo de mercancía, con forme a las nuevas disposiciones de la ley estatal de protección de animales sintientes.
De la misma forma señaló que hasta el momento desconocen las sanciones a las que podrían ser acreedores los comerciantes que no acaten, pero ya se les a pedido que se abstengan de vender animales en esta área.
Señaló que de ninguna forma son discriminados los comerciantes en su actividad simplemente se tiene que cumplir la ley, señalando que uno de ellos dijo tener un permiso federal, por lo que le fue pedido que lo presentara y las autoridades correspondientes tendrán que determinar su legalidad o no, por lo pronto no podrán estar ejerciendo esta actividad.
Por su parte los comerciantes de peces, aves y perros manifestaron su descontento, señalando por lo menos los comerciantes de las aves estar dentro de la norma, mostrando la copia de un supuesto permiso, de la misma forma refirieron que las aves que ofertan son reproducidas en criaderos establecidos, por lo que ellos ven esta decisión como un atentado a su fuente de trabajo.
Ley para la protección animal del estado de Guanajuato fue reformada y entro en vigor el 22 de junio 2021 en ella se señala las disposiciones que tienen que tener las personas que se dediquen a la venta de animales domésticos, señalados dentro de esta ley como seres sintientes, en donde queda especificada la prohibición de la venta de estos animales en lugares que no sean establecidos y a manos de personas que no cuenten con las instalaciones correctas para la atención de cualquier especie animal, además de dar a los ayuntamiento atribuciones necesarias para regular su venta y el posible o comprobado maltrato animal.
Dentro de la ley de protección animal para el estado de Guanajuato se señala en su artículo 6:
Los ayuntamientos tienen las siguientes atribuciones:
(REFORMADA, P.O. 22 DE JUNIO DE 2021)
III. Vigilar que la crianza, comercialización o reproducción de los animales domésticos se realice en lugares autorizados en los términos de la presente ley y demás disposiciones jurídicas aplicables;
