sábado, marzo 25, 2023
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Aun no se reúnen Miguel Ángel Rayas y Juan Rendón

A CASI UN MES DE LA ENTREGA DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA EL ALCALDE ACTUAL Y EL ELECTO NO HAN TENIDO ACERCAMIENTO Y AUN SE DESCONOCE CUANDO COMIENCEN LOS TRABAJOS DE TRANSICIÓN

Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Gto.- Aun no han tenido reunión, ni comunicación el alcalde actual Juan Rendón López y el electo Miguel Ángel Rayas, asi lo afirmó el presidente municipal actual el cual señaló que parecía que ya estaban buscando una reunión el equipo del candidato ganador, pero aún no tenía confirmado nada.

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Según la guía para la entrega recepción municipal 2018 emitido por la ASEG la instalación de los comités de entrega recepción pueden efectuarse desde la fecha de la entrega de la constancia mayoría al candidato ganador de la elección, y corresponde al presidente municipal en funciones y al presidente municipal electo designar la integración del comité de transición, el mismo recomienda que por parte de la administración saliente se encuentren entre los designados: el Tesorero, el Secretario de Ayuntamiento, el Síndico, el Contralor y el Director de la dependencia encargada de la obra pública. Por parte del ayuntamiento electo, se considera conveniente que se designe a los regidores que integrarán la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, o bien aquellos que, en su momento, coadyuvarán con dicha Comisión en el análisis del expediente de entrega recepción. Es también recomendable   que   al   interior   del comité se designe un secretario y un tesorero.

Dentro de las disposiciones se señala que dicho comité debe concentrarse en el estado que guardan los planes proyectos, los planes, programas y proyectos de las dependencias y entidades, así como los recursos y responsabilidades que serán recibidos por el Ayuntamiento entrante, y fungir como enlace entre éste y el Ayuntamiento saliente.

Además de Gestionar ante la Tesorería, los pagos necesarios para cubrir los compromisos de gasto que hayan sido debidamente autorizados por el comité, recomendando la ASEG que se haga antes del 10 de septiembre, hasta ahora se desconoce quiénes integraran dicho comité y ambos alcaldes mantienen su distancia y no se sabe bien a bien quienes integraran la nueva administración municipal, ni el estado que guarda la actual administración.

El artículo 45 de la LOM precisa que el expediente de entrega recepción debe contener, por lo menos, la información relativa a:

  1. Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores. Corresponde al secretario del Ayuntamiento proporcionar esta información;
  2. La documentación   relativa   a   la   situación   financiera   y   presupuestal, que deberán contener los estados financieros y presupuestales, los libros de contabilidad, pólizas contables y    registros    auxiliares, correspondientes    al    Ayuntamiento    saliente. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

III.    La documentación relativa al estado que guarda la cuenta pública del Municipio, incluyendo las observaciones pendientes de atender, los requerimientos e informes que se hayan generado con motivo del ejercicio de las facultades de fiscalización a cargo del Congreso del Estado o de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato,  y  en  su  caso,  de  las  revisiones  efectuadas  por  la Contraloría Municipal. Corresponde al Presidente Municipal, al Tesorero Municipal y en su caso, al Contralor Municipal proporcionar esta información; El expediente de entrega recepción.

14 guía para el proceso de entrega recepción municipal. IV. La situación de la deuda pública municipal, la documentación relativa a la misma y su registro, así como la relación y registro de los pasivos a cargo del Municipio, que no constituyan deuda pública.  Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

  1. El estado de la obra pública ejecutada y en proceso en el Municipio y la documentación relativa a la misma. Corresponde al Titular de la Dependencia de Obra Pública proporcionar esta información;
  2. La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como los informes y comprobantes   de   los   mismos, ante   la   Secretaría   de   la   Transparencia y Rendición de Cuentas y la instancia  federal  que corresponda el fondo o programa. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

VII.  Los manuales de organización y de procedimientos, la plantilla y los expedientes del personal al servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo   de   puestos, condiciones   generales    de    trabajo    y    demás    información    conducente.    Corresponde     al     Tesorero     Municipal     proporcionar     esta     información;

VIII.  La documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

  1. La documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados y ejecutados, así como el estado que guardan los mismos en proceso de ejecución. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento y Tesorero Municipal proporcionar esta información;
  2. El registro, inventario, catálogo   y   resguardo   de   bienes   muebles e inmuebles de propiedad municipal; incluyendo, los programas informáticos, patentes y marcas, derechos de autor, 

15 guía para el proceso de entrega recepción municipal. suscripciones, licencias y franquicias y, en general, todos los derechos de los que el Municipio sea su titular. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

  1. Los libros de actas y la documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por el Ayuntamiento, sus comisiones y el despacho del Presidente Municipal, incluyendo la relación de aquéllos que se encuentre en trámite. Corresponde al Presidente    Municipal    y    Secretario    de    Ayuntamiento    proporcionar esta información;

XII. Los expedientes formados con motivo de juicios de cualquier naturaleza en los que el Municipio sea parte.  Corresponde al Síndico del Ayuntamiento proporcionar esta información;

XIII.   Los   padrones   de   contribuyentes   y   de   proveedores   del Municipio, así como la relación de cuentas de predial.  Corresponde    al    Tesorero    Municipal    proporcionar    esta    información;

XIV.  Los contratos constitutivos de fideicomisos y contratos sociales de empresas de participación municipal vigentes y en proceso de extinción y liquidación, así como todas sus modificaciones.  Corresponde al Secretario de Ayuntamiento esta información;

  1. Reglamentos, circulares, lineamientos o   disposiciones administrativas de observancia general municipales vigentes. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

XVI.  El inventario, registra y ubicación de llaves, candados, combinaciones de cajas fuertes, sellos oficiales y claves de acceso a programas de control electrónico. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información; y

XVII.  La demás información que se estime  relevante  para  garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

 16 guía para el proceso de entrega recepción municipal. La información a que se refieren las fracciones II, IV, V, VI, VII, X, XIII y XV deberá ser entregada, además, en medios magnéticos o electrónicos.

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